jueves, 4 de junio de 2015

Conflicto armado en Colombia


¿Cuándo comenzó el conflicto?
No hay un acuerdo generalizado sobre el período exacto del inicio del actual conflicto armado, sin embargo existen tres posturas a tener en cuenta.
La primera dice que la “protogénesis” del conflicto es el período entre 1929/30 y 1957/1958, debido a que según Sergio de Zubiría “se deciden aspectos centrales de nuestra historia”.
Otros comisionados como Darío Fajardo, Javier Giraldo y Julio Estrada coinciden en afirmar que en la década del 20 se dieron los primeros enfrentamientos violentos a raíz de la lucha por la tierra, la cual constituye el problema fundamental del conflicto. “En los procesos acaecidos a partir de la década de 1920 se encuentran los orígenes del actual conflicto social y armado”, plantea Estrada.
Una segunda visión coloca el inicio del conflicto a finales del Frente Nacional e incluso a principios de la década del 80 con el auge del narcotráfico, como plantea Jorge Giraldo. Esta postura sostiene que el periodo de La Violencia (1948–58) respondía a causales distintas al actual conflicto armado, y que las guerrillas si bien reciben una herencia sustancial de La Violencia partidista, el conflicto surgido posterior al Frente Nacional, según Francisco Gutiérrez Sanín, es distinto  “en sus protagonistas, principales motivos y lógicas subyacentes”. Gustavo Duncan y Vicente Torrijos también comparten esta interpretación.
La tercera postura la comparten comisionados como el historiador francés Daniel Pécaut y el sociólogo Alfredo Molano, esta coloca el inicio del conflicto en el período de La Violencia, es más, este último inicia su informe diciendo: “El conflicto armado comienza con la Violencia”.
¿Por qué surgió?
Tampoco existe un criterio unificado, no obstante se identifican varios factores determinantes para el surgimiento de la guerra.
La tierra es quizá el mayor punto de encuentro entre los diferentes enfoques de los comisionados. Darío Fajardo, coloca el factor agrario como “desencadenante” de los enfrentamientos entre el Estado y las guerrillas. Por su parte el padre Javier Giraldo, partiendo de un enfoque que comprende el conflicto “dentro de la tradición jurídica del derecho a la rebelión”, coloca el problema de la tierra como eje fundamental para entender el conflicto, “ya que la tenencia de la misma está directamente relacionada con tres necesidades básicas, vivienda, alimentación y trabajo/ingreso”. En la medida que el Estado falla en garantizar dichas necesidades, legitima el derecho a la rebelión de los ciudadanos que, siendo llevado a su punto máximo, explica el surgimiento de la insurgencia.
El capitalismo es otra causa explicativa que señalan varios expertos, entre ellos Víctor Moncayo, quien sostiene que la lucha de clases derivada de la imposición de un orden capitalista engendra conflictos sociales profundos que para Colombia significaron el surgimiento de los ejércitos insurgentes. Jairo Estrada, coincide con este planteamiento al colocar como tesis central de su informe que la “contrainsurgencia y subversión son inherentes al orden social capitalista imperante en nuestro país. Si la subversión asumió también la expresión de la rebelión armada, ello se explica esencialmente por las condiciones histórico-concretas de constitución y reproducción de ese orden social”.
Román Vega y Vicente Torrijos, destacan el papel de los Estados Unidos y el contexto internacional en el surgimiento y desarrollo del conflicto colombiano. El primero ve en el país anglosajón un actor estratégico en la génesis y duración de la guerra contra la insurgencia, sostiene que “Estados Unidos no es una mera influencia externa, sino un actor directo del conflicto, debido a su prolongado involucramiento durante gran parte del siglo XX”.
Por su parte, Torrijos destaca la influencia que tuvo la revolución cubana y la expansión del comunismo en los procesos que derivaron en el surgimiento de las guerrillas colombianas.
Gustavo Duncan plantea que la explicación al conflicto surge de la relación entre las variables de la exclusión/desigualdad con la criminalidad, especialmente con la práctica del secuestro y el narcotráfico. Estas variables configuraron las dinámicas de los grupos insurgentes, tanto guerrilleros como paramilitares, y redefinieron las relaciones entre el centro y la periferia, ya que el Estado era incapaz de ofrecer una protección efectiva en las regiones, permitiendo la construcción de estructuras alternas de poder en esos territorios.
Otra parte de los comisionados identifica una variedad considerable de causas para determinar el origen del conflicto armado, estas fueron recogidas por el relator de la comisión, Eduardo Pizarro, bajo el concepto de “fallas geológicas” en la construcción del Estado. Esto se refiere a la debilidad institucional del Estado  producto de un desordenado y caótico proceso de constitución y consolidación. 
¿Por qué ha durado tanto?.
El narcotráfico es una de las principales causas de la longevidad de nuestro conflicto armado, su influencia y la manera como ha interactuado con las guerrillas y el paramilitarismo ha sido fundamental para alimentar la guerra. Pécaut, Duncan, Molano, entre otros colocan al narcotráfico como el “factor de mayor mutación del conflicto”, no solo porque financió a los movimientos insurgentes y contrainsurgentes, sino porque además permeó las esferas del Estado.
Otro factor destacable es el afianzamiento de las políticas neoliberales durante la década de los 90, que debilitaron considerablemente al campesinado propiciando que este se volcara a la criminalidad mediante la siembra de cultivos ilícitos y bajo el control de paramilitares y guerrilleros. Moncayo es uno de los expertos que defiende esta postura.
Sobre este punto también se hace importante el factor de la “fallas geológicas” del Estado, ya que el conjunto de la debilidad institucional, la falta de pluralismo político y el auge de la contrainsurgencia, generó una desconfianza entre el Estado y la guerrilla que hasta el día de hoy ha truncado 11 procesos de paz.
Conclusiones y puntos de encuentro.
La tierra, el origen político del conflicto armado, el narcotráfico como principal factor de prolongación y degradación de la guerra, y la vital importancia que tendrá el posconflicto, son los puntos de convergencia fundamentales que tienen los informes de la CHCV. Estos no pretenden ser una comisión de  la verdad, necesaria en una lógica del posconflicto, pero se convierten en insumo  para la misma, así como en el primer ejercicio de construcción plural de memoria histórica y un aporte importante para acompañar al actual proceso de paz, que busca ponerle fin a una guerra “arcaica, inútil, costosa y sin futuro”, como concluye la comisión.


Conflictos armados



Los Estados Partes en los Convenios de Ginebra de 1949 confiaron al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), mediante los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, "trabajar por la comprensión y la difusión del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados y preparar el eventual desarrollo del mismo" Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, art. 5.2.g.. Por esta razón, el CICR aprovecha esta oportunidad para presentar la actual opinión jurídica sobre la definición de " conflicto armado internacional " y de " conflicto armado no internacional " , según el derecho internacional humanitario (DIH), rama del derecho internacional que rige los conflictos armados.
El DIH hace una distinción entre dos tipos de conflictos armados, a saber:
  • conflictos armados internacionales, en que se enfrentan dos o más Estados, y
  • conflictos armados no internacionales, entre fuerzas gubernamentales y grupos armados no gubernamentales, o entre esos grupos únicamente. El derecho de los tratados de DIH también hace una distinción entre conflictos armados no internacionales en el sentido del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949 y conflictos armados no internacionales según la definición contenida en el artículo 1 del Protocolo adicional II.
Desde el punto de vista jurídico, no existe ningún otro tipo de conflicto armado. Sin embargo, es importante poner de relieve que una situación puede evolucionar de un tipo de conflicto armado a otro, según los hechos que ocurran en un momento dado.

lunes, 1 de junio de 2015

DIH: ¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario?


El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados". El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. 

Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios–, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho. El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta– del DIH, que figura en la Carta de las Naciones Unidas. 

¿De donde proviene el derecho internacional humanitario?

 El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres. La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX. Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados. En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal. 

¿Dónde se encuentra el derecho internacional humanitario?

 El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en los que son parte casi todos los Estados. Estos Convenios se completaron con otros dos tratados: los Protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las victimas de los conflictos armados. Hay asimismo otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares o que protegen a ciertas categorías de personas o de bienes. Son principalmente: 

• la Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos;

 • la Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas;

 • la Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cinco Protocolos;

 • la Convención de 1993 sobre Armas Químicas;

 • el Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal; 

• el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados. 

Ahora se aceptan muchas disposiciones del DIH como derecho consuetudinario, es decir, como normas generales aplicables a todos los Estados.